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Ley 1563 de 2012

Amigable Composición: qué asuntos sí y cuáles no se pueden someter

La amigable composición es un mecanismo por el cual un tercero, llamado amigable componedor, resuelve una controversia contractual con la misma fuerza vinculante de un fallo judicial, pero limitado a los términos del encargo que le confían las partes.

Materia contractual Sí es susceptible
Extracontractual No es susceptible
Naturaleza Contractual y técnica
Asuntos susceptibles de amigable composición

Conflictos que sí pueden someterse al componedor

La amigable composición opera sobre controversias de origen contractual, donde las partes tienen libertad para transigir y el componedor puede apoyarse en conocimientos técnicos específicos para adoptar una decisión.

Controversias contractuales

Interpretación, ejecución y terminación

  • Diferencias derivadas de un contrato Controversias surgidas por la interpretación, ejecución o terminación de un contrato determinado.
Contratos entre particulares

Negocios privados

  • Disputas civiles o comerciales Diferencias originadas en negocios privados de índole civil o comercial.
Contratos estatal-privados

Contratación pública

  • Ejecución de contratos con el Estado Conflictos frecuentes en concesiones viales y proyectos de infraestructura.
Libre disposición contractual

Elementos económicos

  • Elementos transables Aspectos económicos del contrato que las partes están facultadas para transigir o modificar.
Alta especificidad técnica

Peritaje financiero o de ingeniería

  • Temas técnicos especializados Asuntos financieros o de ingeniería que requieran que el amigable componedor posea conocimientos técnicos expertos.
Asuntos excluidos de la amigable composición

Conflictos que no pueden someterse al componedor

Al ser un mecanismo de origen estrictamente contractual, la amigable composición queda limitada por el acuerdo de las partes y no puede invadir funciones reservadas a la ley, a la jurisdicción o a derechos de terceros.

Asuntos extracontractuales

Sin vínculo contractual previo

  • Responsabilidad civil Conflictos que no provengan de un vínculo contractual previo, tales como la responsabilidad civil por accidentes.
Funciones jurisdiccionales

Sin potestad judicial

  • Procedimiento contractual, no judicial El componedor no puede proferir sentencias ni decretar medidas cautelares.
Control constitucional

Validez de normas generales

  • Leyes y decretos No es posible cuestionar la validez de leyes o decretos de carácter general.
Derechos de terceros

Fuera del contrato original

  • Personas ajenas al acuerdo Acuerdos que pretendan vincular o afectar derechos de personas que no son parte del contrato original.
Legalidad administrativa

Actos de autoridad pública

  • Resoluciones y sanciones La revisión de la validez de resoluciones o sanciones expedidas por autoridades públicas en ejercicio de sus funciones.

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Revisamos tu contrato, verificamos si la controversia es susceptible de amigable composición conforme a la Ley 1563 de 2012 y te acompañamos en la designación del componedor y en todo el procedimiento.